LA QUINTA PATA DE LOS DELITOS

VOXPRESS.CL.- El pacifista, dialogante y objeto de una de las más frenéticas chocheras que se recuerden en los últimos tiempos, Gabriel Boric, solicitó al Senado formalmente que “apure el proyecto de indulto” a los llamados presos de la revuelta. Su petición apuntó a que otros sacasen las castañas con las manos del gato, porque de otro modo él se vería enfrentado en su debut presidencial a indultar a esa manada de delincuentes políticos.
Sintió un alivio cuando conoció que el senador por La Araucanía, el DC Francisco Huenchumilla, abogado y ex seminarista, propuso, y le aprobaron, que la iniciativa fuera rebajada de indulto a “ley de amnistía”, porque, así, no se requiere una decisión del Presidente y el perdonazo es más posible, al margen de que, para ello, se requieren menos votos en la sala (22).
Boric se fue de vacaciones menos angustiado, pero el nuevo proyecto deberá aguardar hasta marzo para su discusión, probablemente con el nuevo Senado, más duro que el actual.
El cambio de rótulo de la iniciativa fue fruto del convencimiento, ya generalizado, de que así como estaba presentado el de indulto y por la inmoralidad de despenalizar delitos tan increíbles como el homicidio frustrado a carabinero, no pasaría nunca, ni siquiera en la Convención Constitucional, el palacio de la irracionalidad (discutirán algunos temas propuestos “por la ciudadanía” de enorme importancia para el futuro del país, como la cárcel para Sebastián Piñera y beneficios para las mujeres en su período menstrual…)
Según el antiguo proyecto, el de indulto, se consideraba el perdón para homicidio frustrado a Carabineros, esto es, toda una aberración por la ignorancia de sus autores -todos parlamentarios- quienes consideraron inocente al agresor sólo porque erró en su puntería con el puñal. Varios otros delitos menores en contra de las policías fueron excluidos del nuevo catálogo de penas, porque constituían violaciones flagrantes a la Constitución y a las leyes penales.
La extrema izquierda, y, por tanto, varios de quienes hoy integran el nuevo Gobierno, consideran que esas acciones criminales son fruto del disenso ideológico, es decir, pensar distinto al otro.
Fue la Comisión de Constitución del Senado la que, antes de irse de vacaciones, aprobó el cambio de nombre del proyecto de indulto al de amnistía. Aprovechó la ocasión para definir el nuevo catálogo de delitos “dignos del beneficio de la amnistía”. Entre ésos están los atentados y amenazas contra la autoridad; el oponerse a la acción de la autoridad pública o de sus agentes; la interrupción de circulación de personas y/o vehículos; los desórdenes públicos; incendio solo con daños o sin peligro de propagación; daños calificados y daños simples.
Si se repara en sus definiciones es fácil concluir que, estadísticamente, estos delitos no han merecido penas por parte de la Justicia, dada la manga ancha de los fiscales, la solidaridad política de los jueces y el garantismo del sistema procesal, que parte atribuyéndole al victimario la presunción de inocencia.
No obstante, dentro de ese paquete hay un delito inimputable que es “la autoría de incendio pero sólo en caso de que no haya personas afectadas ni propagación del fuego”.
Considerando que el perdonazo incluye sólo a protagonistas de la subversión del 2019 hasta diciembre del 2020, se entiende, y muy claro, que son considerados inocentes quienes quemaron las estaciones del Metro, los que redujeron a escombros locales comerciales, dejando en la calle a sus propietarios y empleados, a los que hicieron arder supermercados comunales y los que incendiaron templos católicos y evangélicos.
Según los senadores de la Comisión de Constitución, son inocentes sólo porque ningún humano resultó herido. Hay que recordar que entre los escombros de dos centros comerciales aparecieron cadáveres calcinados. ¿Están en prisión sus autores?
Según la Defensoría Pública, conforme a los delitos amnistiables hay 34.474 causas ingresadas, de las que 3.698 no han finalizado con condena y, de las cuales, sólo 547 corresponden a penas privativas o restrictivas de libertad.
Casi caricaturizando al sistema judicial, el proyecto de amnistía incluye una serie de “faltas” que, por años, han sido el pan de cada día en las calles de centros urbanos y que los tribunales no se toman, siquiera, la molestia de abrir un juicio por considerarlas poco menos que ridículas. Nadie medianamente al tanto de la realidad cree que alguien en algún juzgado considera como delito flagrante algunas de estas infracciones tan comunes como repetidas: dirigir reuniones tumultuosas; originar lesiones leves; alterar el orden público; falta de obediencia a la autoridad y ocultamiento de identidad en control investigativo.
Hallar a alguien en prisión por uno de estos delitos sería toda una hazaña.
Quienes hoy permanecen privados de libertad, ya sea por condenas ejecutoriadas, preventivamente o con penas con beneficios, no constituyen ni el 10% de los millares de detenidos con motivo de la revuelta. El entonces presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, socialista y dirigente del gremio de magistrados, protestó porque “me están llenando los tribunales y no hay espacio ni gente”, refiriéndose a los vándalos que Carabineros llevaba a los juzgados.
Las reales víctimas, partiendo por los 2 millones de capitalinos que quedaron sin transporte público diario, y siguiendo por aquéllos que quedaron cesantes, al perder sus fuentes de trabajo, sextuplican al número de estos “presos políticos” que, además de clamar por su falsa inocencia, son un perenne peligro para la sociedad, porque una cosa es una protesta política y otra muy distinta son el vandalismo, los robos y los saqueos. En definitiva, quienes podrán acceder a la amnistía, son, delincuentes comunes, y de alta peligrosidad.