EL DERECHO A VIVIR SIN LADRIDOS

VOXPRESS.CL.- Tramitándose en el Senado se encuentra una "actualización" a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que tiene un cuarto de siglo de antigüedad. En la iniciativa se establece la obligatoriedad de los administradores de edificios de pertenecer al Registro Nacional, el que, a su vez, los obliga a ciertas condiciones mínima de moralidad e idoneidad. Ésa es una gran noticia para el 20% de la población chilena que hoy habita en departamentos.
Pero en el mismo proyecto se incluye un acápite que debió ser abordado e incluido en la ley sobre tenencia responsable de mascotas: la obligación de que los condominios permitan a un propietario, arrendatario u ocupante tener animales domésticos en sus viviendas, incluso de "razas peligrosas".
Desconcierta que un ministerio, como el de Vivienda y Urbanismo, esté más preocupado de legislar para el bienestar de las mascotas en lugar de dar solución rápida a los millares de chilenos sin casa y de otro tanto de allegados que claman por un techo propio. El tema de la integración social vía vivienda, que puso abruptamente en primer plano el alcalde de Las Condes, es mucho más candente, complejo y conflictivo, como para dar prioridad a los derechos de una minoría que comparte la estrechez de una habitación con animales nacidos para vivir en espacios amplios y al aire libre.
La actualización a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria propone que "los condominios sólo podrían establecer restricciones a la presencia de animales en espacios comunes, pero no definir lo que ocurra dentro de cada vivienda, aunque se trate de razas peligrosas".
Expresado en términos muy simples, la proposición gubernamental es un atropello al derecho natural de las mayorías. Los condominios se rigen por comités de vecinos, cuyas decisiones son sometidas a votación en una asamblea. No son los administradores quienes toman determinaciones, sino simplemente, como su nombre lo dice, administran los acuerdos de las juntas de propietarios.
Si la mayoría resuelve que en su condominio se acepta la presencia en su interior de mascotas, ello tiene que ser acatado por el administrador. Si, en caso contrario, el conjunto de propietarios se opone a que en el edificio convivan animales, el administrador no tiene otra alternativa que hacer cumplir lo resuelto.
Se trata de un juego democrático que no se puede modificar con una ley populista que no tiene otra finalidad que acoplarse a la moda de los animalistas.
El chileno, por sus falencias socioculturales, es indiferente a las molestias que sus mascotas originan a los demás en cuanto a higiene de éstas. La modificación a la actual normativa no incluye especificación sobre los "ruidos molestos" que causa un animal encerrado y acaso se consideran motivo de atención por parte de Seguridad Ciudadana y/o de Carabineros.
La misma ley de convivencia que se pretende modificar consigna que denuncias por "ruidos molestos" -música a excesivo volumen, fiestas bulliciosas, conductas expresivamente violentas, etc.- son causa de citaciones a juzgados de policías local.
Si los ladridos de un perro al interior de un departamento no se considera "ruido molesto", significa que se vulnera el derecho a la tranquilidad del vecindario. En la eventualidad de que los tenedores de mascotas encerradas en espacios reducidos se expongan a multas, ¿es el rol de Carabineros y Seguridad Ciudadana perder el tiempo en atender reclamos por ladridos? Y si así fuera, ¿se le puede exigir a un animal que no ladre más? El bullicio se aplaca o se termina, la música se atenúa y la violencia intrafamiliar, termina en un tribunal, pero… ¿y los ladridos?
Se aduce que en virtud de la progresiva soledad en que hoy viven innumerables personas, escogen como compañía a una mascota, y que su sufrimiento es enorme cuando se las obliga a separarse de ellas. Por más de dos décadas ha regido una norma autoimpuesta por los propietarios de condominios, cual es la permisividad o negativa a convivir con mascotas.
Quien necesite de ese tipo de pareja tiene a su disposición en el mercado de la vivienda abundantes sitios donde se les permita su tenencia. Por tanto, no se requiere modificar ni actualizar ninguna ley, menos si ésta irroga una violación a la libre determinación de la comunidad y al derecho a vivir sin ladridos.
De aprobarse esta infracción legal, habrá que prepararse para que, muy pronto, las mascotas circulen y defequen en los buses del TranSantiago y en los vagones del Metro. Es de buen tono estar al lado de los animalistas…